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January 8, 2021Una declaración complementaria se presenta cuando el contribuyente desea hacer un cambio o ajuste en una declaración de impuestos. De acuerdo con la regla 2.8.6.6 de la RMF 2020, se clasifican de la siguiente manera:
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Modificación de Declaración: deberá presentarse para modificar la información de una declaración previamente presentada o para incorporar regímenes u obligaciones.
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Dejar sin efecto Declaración: se utilizará para eliminar en su totalidad una declaración o declaraciones previamente presentadas.
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Declaración no presentada: únicamente podrá presentarse cuando el contribuyente previamente haya dejado sin efecto la o las declaraciones presentadas con anterioridad.
¿Cuántas veces pueden presentarse?
El artículo 32 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que las declaraciones serán definitivas y solo pueden modificarse hasta en tres ocasiones, siempre y cuando la autoridad no haya iniciado el ejercicio de sus facultades de comprobación.
No obstante lo anterior, el contribuyente podrá modificar en más de tres ocasiones las declaraciones correspondientes, aún cuando se hayan iniciado las facultades de comprobación, en los siguientes casos:
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Cuando sólo incrementen sus ingresos o el valor de sus actos o actividades.
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Cuando sólo disminuyan sus deducciones o pérdidas o reduzcan las cantidades acreditables o compensadas o los pagos provisionales o de contribuciones a cuenta.
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Si la presentación de la declaración que modifica a la original se establece como obligación por disposición expresa de Ley.
Con información de Fiscalia
https://www.fiscalia.com/publicaciones/14898
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