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El jueves 17 y viernes 18 de abril de 2025 serán inhábiles para bancos, tribunales fiscales y algunas autoridades, pero no necesariamente para ti como trabajador, salvo que tu contrato diga lo contrario. La clave está en revisar cada caso y planificar con anticipación.
La Semana Santa 2025 es del domingo 13 al sábado 19 de abril, y aunque es un periodo muy importante para muchas personas, no todos esos días son considerados oficialmente inhábiles. Aquí te explicamos qué sucede con esos días desde el punto de vista laboral, fiscal, bancario y legal, para que no te agarren en curva.
Laboral: ¿Me tienen que dar descanso?
- La Ley Federal del Trabajo (LFT) no establece ningún día de descanso obligatorio durante abril.
- Entonces… ¿me pueden hacer trabajar? Sí. A menos que en tu contrato individual o colectivo se estipule lo contrario.
- ¿Y si sí me dan el día como obligatorio por contrato y aún así me hacen trabajar? El patrón debe pagarte doble, además del salario normal del día.
🔁 O sea: Semana Santa no es feriado por ley, pero sí puede serlo por convenio.
🧾 Fiscal: ¿Se detienen los plazos?
- El Código Fiscal de la Federación (CFF) dice que los días en que las autoridades fiscales tengan vacaciones no cuentan en plazos, excepto para presentar declaraciones y pagos.
- Según la Resolución Miscelánea Fiscal, el 17 y 18 de abril de 2025 son inhábiles, pero:
o Sí cuentan para presentar declaraciones y pagar impuestos.
o No cuentan para otros plazos fiscales (como requerimientos, oficios, etc).
💡 Traducción práctica: si tienes que presentar tu declaración, puedes hacerlo esos días. Pero si estás esperando que Hacienda te responda algo, no van a contar.
💰 Financiero: ¿Cierran los bancos?
- La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) determinó que el jueves 17 y viernes 18 de abril de 2025 serán inhábiles para los bancos.
- Así que no habrá atención en ventanillas, ni operaciones presenciales.
🧠 Tip: Programa tus transferencias o pagos antes de esos días para evitar retrasos.
⚖️ Procesal y legal: ¿Qué pasa con tribunales y PRODECON?
- El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) declaró inhábiles del 16 al 18 de abril.
- La PRODECON también considera inhábiles el 17 y 18 de abril.
- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no declaró inhábiles esos días.
👀 Ojo: en juicios fiscales, esos días no correrán plazos en algunos órganos, pero sí en otros. Si estás en medio de un procedimiento, ¡verifica bien con tu abogado!
📌 Conclusión rápida
Ámbito Días inhábiles oficiales
- Laboral Ninguno, salvo que lo diga el contrato
- Fiscal 17 y 18 de abril (salvo pagos y declaraciones)
- Bancario 17 y 18 de abril
- TFJA 16 al 18 de abril
- PRODECON 17 y 18 de abril
- SCJN No hay inhábiles en Semana Santa
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