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March 18, 2024Información del Servicio de Administración Tributaria (SAT) indica que del ejercicio 2020 en adelante, los conceptos de Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) y viáticos que se hayan timbrado en los CFDI de nómina, se muestran prellenados dentro del renglón ‘Nómina por sueldos y salarios no deducible’ de la declaración anual de personas morales.
De acuerdo con Fiscalia, lo anterior es igualmente aplicable a la declaración del ejercicio 2023.
En el artículo se indica que al pulsar el botón de ‘Capturar’, se muestra una ventana emergente en la que se muestran dichos campos junto con otros conceptos de nómina que se muestran como ‘no deducibles’.
Pero se aclara que esto no quiere decir que no sean deducibles, sino que se entiende que no son deducibles bajo el rubro de nómina, pero sí aparecen en otro apartado como gastos deducibles.
Fiscalia explicó que lo mismo sucede con los importes timbrados para asimilados a salarios, salvo que en el renglón de ‘Nómina por asimilados a salarios no deducible’, al dar clic en el botón de ‘Capturar’ se le mostrarán los campos de captura de ‘Viáticos’, ‘Anticipos de rendimientos de sociedades civiles’ y ‘Otros conceptos no deducibles’.
En este sentido, el importe total de viáticos de ‘Sueldos y salarios’ y de ‘Anticipos de rendimientos de sociedades civiles’ de ‘Asimilados a salarios’, se mostrarán prellenados en el campo de ‘Gastos’.
Fiscalia explicó que en el campo de ‘Gastos’ es posible capturar los importes deducibles que correspondan en cada uno de los campos, considerando que en el caso de los viáticos sí es posible capturar un importe mayor, igual o menor al prellenado y adicionalmente debiendo agregar al menos una opción disponible al pulsar el botón de ‘Agregar’.
Esta es la manera en que los viáticos se deducen en la declaración anual de personas morales.
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