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March 8, 2023La declaración anual de personas físicas, correspondiente al ejercicio fiscal 2022, se debe presentar en abril de 2023.
El objetivo de la declaración anual es que los contribuyentes informen al Servicio de Administración Tributaria (SAT) acerca de sus ingresos y deducciones obtenidos durante el año fiscal anterior, así como del monto de impuestos que pagaron durante ese periodo.
De acuerdo con con el especialista fiscal Mario Beltrán, las personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) podrían necesitar lo siguiente para presentar su declaración anual:
- La relación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos vigentes.
- Declaraciones mensuales pagadas, salvo que se haya ejercido la opción de no presentar declaraciones mensuales.
- Los CFDI de egresos que amparen devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre ventas o ingresos.
- Las pérdidas fiscales al 31 de diciembre de 2021 sufridas en actividad empresarial, profesional, sector primario y para el
- Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
- Saldos a favor vigentes al 31 de diciembre de 2021.
- Para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU): compras y gastos deducibles y no deducibles.
- En su caso, los CFDI de retenciones emitido por la persona moral, recordando que es una obligación de la persona moral que queda relevada.
- Ante la alta posibilidad de un saldo a favor de Impuesto sobre la Renta (ISR): cuenta bancaria activa.
El asesor y catedrático recordó que en la declaración anual de personas físicas del RESICO no se admite la disminución de deducciones personales y del estímulo fiscal de colegiaturas.
– Con información de Mario Beltran.
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