Atención: la declaración anual no muestra todas las pérdidas amortizables
February 17, 2023¡Libertex concluyó sus increíbles sorteos por la celebración de su 25º aniversario con grandiosos premios, incluyendo 500 BTC y un Tesla, entre otros!
February 17, 2023Las personas físicas que obtuvieron ingresos por salarios pueden acreditar el impuesto que su patrón les haya retenido. Esto les permite solicitar la devolución del saldo a favor que se genere.
La fecha límite que tienen para presentar la declaración anual del Impuesto sobre la Renta (ISR) ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el 30 de abril de cada año.
Los asalariados pueden aplicar deducciones de gastos médicos, hospitalarios, funerarios, de colegiaturas, de donativos u otros y obtener un saldo a favor.
(Imagen: El Contribuyente)
Mitos de la declaración anual
Sin embargo, aunque el SAT prometa una devolución automática de impuestos, no en todos los casos es así, por ello, el especialista Mario Beltrán, quien se ha popularizado en redes sociales por sus contenidos fiscales, expuso los mitos de la declaración anual de asalariados.
- Solo por presentar declaración anual, el SAT tiene la obligación de devolverte el saldo a favor.
- Que a tu compañero del mismo rango salarial y el SAT le haya devuelto, a ti también te tengan que devolver.
- Que quieras saldo a favor sin tener deducciones personales y estímulo de colegiaturas.
- Que los intereses que pagaste por crédito hipotecario, el SAT te los devolverá.
- Que el SAT te regresará el saldo a favor en menos de 5 días, independientemente de los plazos que marque la ley.
- Que cambiar de cuenta bancaria y volver a realizar tu declaración anual te de volverá 2 veces.
- Que hay un contador que cobra barato y siempre te genera saldo a favor.
- Que por presentar la declaración a las 00:01 serás de los primeros en que te devuelvan.
- Que con el sólo hecho de presentar declaración te van a salir impuestos a favor
- Que solo hay que entrar y dar siguiente, siguiente, siguiente…
- Si me devuelve te pago (al contador), si no, no.
- ¿Oiga, tengo un dinero que dice ahí que está “retenido”, ese ¿cómo lo puedo recuperar?
- Que por ser jubilado con 2 o 3 pensiones no debería pagar ISR a cargo porque lo ha pagado durante el tiempo que estuvo activo laboralmente.
- Que el SAT te regresa todo lo que pagaste al médico y/o Infonavit.
- “Es que.. tengo un primo que estudio contaduría como 1 semestre y me dijo que ya podía cobrarlo
- Es que en TikTok dicen que ya se puede…
- Que el SAT me va a devolver los gastos que facturé durante el año (aunque no sean deducibles por soy asalariado)
- Que el SAT me devolverá el dinero de la Afore
- Que manipulando el importe retenido de ISR te lo vayan a devolver (hacen creer al trabajador que tiene saldo a favor).
- Que lo precargado en la plataforma está correcto porque, ¿cómo el SAT se va a equivocar?
- Que ya no necesitas contador para hacer tus declaraciones
- Pon una cuenta que no sea tuya el SAT no lo va a saber, y luego presenta una complementaria con tu cuenta verdadera así cobras dos veces
- Que porque el año pasado me devolvieron, éste también
Te puede interesar
Atención: la declaración anual no muestra todas las pérdidas amortizables
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.