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June 15, 2021Ayer el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó en un comunicado que empezará una serie de revisiones de la tasa efectiva del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a grandes contribuyentes.
El pasado ocho de diciembre del 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) en su artículo 33, primer párrafo, fracción I, inciso i que estipula lo siguiente:
Artículo 33.- Las autoridades fiscales para el mejor cumplimiento de sus facultades, estarán a lo siguiente:
- Proporcionarán asistencia gratuita a los contribuyentes y ciudadanía, procurando:
i) Dar a conocer en forma periódica y en general para los contribuyentes de la Ley del Impuesto sobre la Renta, parámetros de referencia con respecto a la utilidad, conceptos deducibles o tasas efectivas de impuesto que presentan otras entidades o figuras jurídicas que obtienen ingresos, contraprestaciones o márgenes de utilidad por la realización de sus actividades con base en el sector económico o industria a la que pertenecen.
La difusión de esta información se hará con la finalidad de medir riesgos impositivos.
El Servicio de Administración Tributaria al amparo de programas de cumplimiento voluntario podrá informar al contribuyente, a su representante legal y en el caso de las personas morales, a sus órganos de dirección, cuando detecte supuestos de riesgo con base en los parámetros señalados en el párrafo anterior, sin que se considere que
las autoridades fiscales inician el ejercicio de sus facultades de comprobación. Dichos programas no son vinculantes y, se desarrollarán conforme a las reglas de carácter general que emita dicho órgano desconcentrado.
SAT publica parámetros de referencia de ISR
Tomando en cuenta lo anterior y para facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario de los contribuyentes, el 13 de junio de 2021 se dieron a conocer los primeros parámetros de referencia con respecto a tasas efectivas de impuesto para la medición de riesgos impositivos correspondientes a cuarenta actividades económicas para los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018 y 2019 sobre el padrón de grandes contribuyentes.
Puedes revisar las tasas efectivas de ISR en este enlace.
#ComunicadoSAT
El SAT publica las tasas efectivas de ISR de referencia para Grandes Contribuyentes correspondientes a 40 actividades económicas para los años de 2016 a 2019.👉 https://t.co/YxfBLKHl1Z pic.twitter.com/6agG8GNSY4
— SATMX (@SATMX) June 13, 2021
Lo anterior con base en la información dispuesta en las bases de datos institucionales que contienen las declaraciones anuales, dictámenes fiscales, información sobre la situación fiscal de los contribuyentes, declaraciones informativas, los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI’s), pedimentos, etc.
Estas primeras cuarenta actividades económicas forman parte de cinco sectores económicos: minería, industrias manufactureras, comercio al por mayor, comercio al por menor y servicios financieros y de seguros.
SAT invita a a revisar las tasas y a autocorregirse
Por todo lo anterior, el SAT invita a los contribuyentes a consultar la tasa efectiva de ISR correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen y compararla con su propia tasa efectiva de ISR respecto de cada ejercicio fiscal para medir sus riesgos impositivos.
Por último, el SAT dice que los contribuyentes deben corregir su situación fiscal mediante la presentación de declaraciones anuales complementarias. Así, puede minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Con información de El Financiero
https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2021/06/13/sat-iniciara-revision-profunda-de-isr-a-grandes-contribuyentes/
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