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May 7, 2021El viernes 23 de abril, el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma al outsourcing o subcontratación laboral.
Se permite la subcontratación de servicios especializados
Con la reforma se prohíbe la subcontratación de personal, pero se permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializados. Esto se permite si se cumplen, entre otros, los siguientes requisitos:
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Las actividades no deben formar parte del objeto social o la actividad preponderante del beneficiario del servicio.
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El contratista debe estar registrado en un padrón de la Secretaría de Trabajo.
En este contexto, la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) recientemente publicó el anteproyecto del Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios u obras especializadas.
El documento indica las reglas para que las personas físicas o morales se registren en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas.
Se debe acreditar la especialización para poder ofrecer subcontratación de servicios
De acuerdo con información publicada por Reforma, los lineamientos advierten que las personas físicas o morales que deseen incorporarse al padrón y obtener el registro, deberán establecer con precisión el servicio que desean prestar o el tipo de obra que desean ejecutar.
Por cada una de dichas actividades deberán acreditar el carácter especializado de las mismas y describir los elementos o factores que dan sustento a este carácter excepcional.
“Para acreditar el carácter especializado se aportará información y documentación, conforme a los requerimientos de la plataforma, respecto a: capacitación, certificaciones, permisos o licencias que regulan la actividad, equipamiento, tecnología, activos, capital social, maquinaria, nivel de riesgo, rango salarial promedio, experiencia, entre otros”, indica el documento publicado por la Conamer.
El periódico indicó que el registro también será obligatorio para aquellas empresas que presten servicios u obras complementarias o compartidas en un mismo grupo empresarial.
Entre los requisitos que las empresas deberán presentar para obtener el registro están los siguientes:
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Firma electrónica vigente.
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Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
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Domicilio.
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Geolocalización.
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Teléfonos.
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Acta constitutiva de la empresa de servicios especializados.
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Afiliación al Infonavit.
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Número total de trabajadores al momento de hacer la solicitud de registro.
– Con información de Reforma.
https://www.reforma.com/deberan-acreditar-especializacion-para-operar-outsourcing/ar2178501?referer=–7d616165662f3a3a6262623b727a7a7279703b767a783a–
Puedes ver el anteproyecto del acuerdo que publicó la Conamer aquí / Fecha de publicación: 6 de mayo de 2021.
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