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April 23, 2021El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que las declaraciones que presenten los contribuyentes serán definitivas, con la salvedad de que podrán ser modificadas hasta en tres ocasiones. Pero para que esto suceda se deben cumplir dos requisitos [CFF 32]:
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Deben ser modificadas por el propio contribuyente.
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La autoridad no debe haber iniciado sus facultades de comprobación.
Derecho a corregir situación fiscal durante facultades de comprobación
Pero los contribuyentes sí tienen derecho a corregir su situación fiscal durante el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades. Lo pueden hacer mediante la presentación de la declaración normal o complementaria que, en su caso, corresponda. Pero esto sólo aplica en determinados casos. [Ley Federal de los Derechos del Contribuyente (LFDC) 2, fracción XIII, 14, y CFF 32].
En este contexto, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) recientemente publicó una tesis relacionada con la resolución definitiva de la situación fiscal de un contribuyente.
En el documento, el TFJA indicó que al optar por la autocorrección, en el curso de una visita domiciliaria, los contribuyentes revisados deben entregar a la fiscalizadora una copia de la declaración o declaraciones con las que subsanaron los hechos y omisiones detectados con motivo de la revisión. [LFDC 15 y 16].
Dicha documentación, agregó, debe ser valorada y calificada de suficiente o insuficiente por la autoridad fiscal. Esto, para tener por cumplidas las obligaciones revisadas y, en caso de ser suficiente, procederá a concluir la visita.
Resolución definitiva de la situación fiscal de un contribuyente
Por eso, el TFJA indicó que la determinación de que el contribuyente corrigió la totalidad de los hechos y omisiones observados durante la visita en curso, resuelve en definitiva su situación fiscal. Esto se debe a que tal pronunciamiento implica una valoración de la autoridad para calificar las medidas correctivas aplicadas por el visitado, cuyo resultado avala el cabal cumplimiento de las obligaciones objeto de fiscalización.
Esto lo reiteró la Sala Regional del Pacífico del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) al resolver un juicio contencioso administrativo.
Puedes revisar la tesis del TFJA aquí / Páginas: 922 y 923 / Criterio de búsqueda: Resolución definitiva de la situación fiscal de un contribuyente / Clave: VIII-CASR-PA-16 / Publicación: 14 de enero de 2021.
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