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October 9, 2024En México, las empresas pueden deducir parte de los consumos en restaurantes, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y la normativa fiscal vigente.
El Artículo 28, fracción XX, de la Ley del ISR especifica que solo el 8.5% de los consumos en restaurantes es deducible. El 91.5% restante no lo es. Para que este porcentaje sea válido, el pago debe realizarse con tarjeta de crédito, débito, de servicios o mediante monederos electrónicos autorizados por el SAT. Los pagos en efectivo no son deducibles, y los medios de pago deben estar a nombre del contribuyente que busca hacer la deducción.
Ejemplo práctico:
Si una empresa gasta $4,800 en un restaurante (sin incluir IVA), solo el 8.5% de ese monto es deducible, es decir, $408.
La Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2024, en su Regla 3.3.1.3, aclara que los pagos superiores a $2,000 pesos deben realizarse con medios electrónicos autorizados o cheque nominativo. El IVA de estos gastos también es acreditable, pero solo en la misma proporción que el gasto deducible (8.5%).
Deducibilidad en viáticos y gastos de viaje
Los consumos en restaurantes son deducibles bajo otras reglas cuando forman parte de viáticos, según el Artículo 28, fracción V, de la Ley del ISR. Aquí, se aplican condiciones adicionales:
- Los viáticos deben realizarse fuera de un radio de 50 kilómetros del establecimiento del contribuyente.
- Los beneficiarios de estos viáticos deben tener una relación laboral con la empresa o prestar servicios profesionales.
- Los gastos deben estar respaldados por un comprobante fiscal en México o su equivalente en el extranjero.
Límites de deducción para viáticos:
- Hasta $750 pesos por día por persona en México.
- Hasta $1,500 pesos por día en el extranjero.
El pago de estos viáticos también debe hacerse mediante tarjeta de crédito a nombre de la persona encargada del viaje, y debe acompañarse de comprobantes fiscales que incluyan conceptos de hospedaje o transporte.
Seminarios y Convenciones
Cuando se trate de gastos en eventos como seminarios o convenciones, los conceptos de hospedaje, alimentos y otros deben estar desglosados en los comprobantes fiscales. Si no es así, solo se podrá deducir la parte correspondiente a la alimentación, siempre y cuando no supere los límites establecidos.
Para garantizar una deducción adecuada, es recomendable elaborar un documento detallado o una minuta de trabajo que desglosen claramente los gastos realizados. Esto facilitará la deducción y evitará problemas fiscales.
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