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July 14, 2023El 13 de julio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció su primer periodo general de vacaciones para 2023, cuyos días se consideran inhábiles.
El anuncio lo hizo la autoridad fiscal a través de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RaMF) para 2023.
En la regla 2.1.6. del documento, se definen como días inhábiles para el SAT el primer periodo general de vacaciones del 2023, el cual comprende del 17 al 28 de julio.
Es importante conocer estas fechas, porque estos días no se computan para efectos fiscales.
Incluso durante el periodo de vacaciones del SAT, aquellos contribuyentes que tengan citas programadas pueden acudir con normalidad, ya que el personal de guardia estará disponible para atenderlos.
No obstante, los contribuyentes también tienen la opción de realizar diversos trámites a través del portal de internet. Entre ellos se incluye la generación o renovación de su contraseña, así como la renovación de su firma electrónica (e.firma) si esta ha caducado en los últimos doce meses.
Entre los trámites que se pueden realizar en línea en el portal del SAT están los siguientes:
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Cambio de domicilio fiscal.
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Actualización de actividades económicas y obligaciones.
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Cierre de establecimiento.
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Apertura de establecimiento.
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Suspensión de actividades.
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Reanudación de actividades.
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Suspensión/reanudación de Actividades de asalariados.
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Generación y actualización de Contraseña.
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Renovación certificado de e.firma.
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Revocación de certificado de e.firma.
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Solicitud de certificado de sello digital.
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Declaraciones provisionales de actividades empresariales.
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Declaraciones provisionales servicios profesionales.
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Declaraciones provisionales arrendamiento.
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Declaraciones bimestrales RIF.
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Declaraciones informativas (ISR, IVA, IEPS, donativos, aportaciones).
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Declaración anual.
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Consulta o aclaración de Opinión del cumplimiento.
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Aviso de compensación.
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Consulta de trámite de devolución.
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Habilitación de Buzón Tributario y registro de medios de contacto.
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Modificación de clave de RFC.
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Estímulos región fronteriza ISR.
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Estímulos región fronteriza IVA.
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