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Pero la obligatoriedad del CFDI 4.0 se postergó hasta abril de 2023. De acuerdo con la consultora Fiscalia, esto se debe a diversas dificultades técnicas y operativas que enfrentaban las empresas y patrones.
Prórroga para la versión 4.0 del CFDI de nómina
El texto indica que en el caso del CFDI de nómina, a través del Artículo Noveno Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023, modificado el 25 de abril de este año, se aplazó la obligación de los patrones de utilizar la versión 4.0 del CFDI con el complemento de nómina versión 1.2 revisión C.
Dicho artículo transitorio establece que quienes realicen pagos por conceptos de salarios y asimilados, y que estén obligados a emitir CFDI por los mismos, podrán optar por emitirlos hasta el 30 de junio de 2023 en su versión 3.3 con complemento de nómina en su versión 1.2.
El 1 de julio será obligatorio el uso del CFDI de nómina 4.0
El plazo vence el 30 de junio de 2023, lo que significa que a partir del primero de julio será obligatorio el uso del CFDI de nómina versión 4.0 con su complemento versión 1.2 revisión “C”.
Fiscalia recordó que es importante tener presente que uno de los requisitos principales de la nueva versión del comprobante, es que debe contener el nombre y código postal del trabajador registrados exactamente de la misma manera como están registrados en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Si el nombre del trabajador o si el código postal no coincide al punto y coma con los datos registrados en el RFC, el comprobante simplemente no podrá ser timbrado y, en consecuencia, esos pagos por salarios o asimilados no podrán ser deducidos.
Los patrones deben realizar los ajustes necesarios
Por eso, es importante que los patrones se aseguren que los datos registrados en sus bases de datos o en sus sistemas de nómina estén correcta y oportunamente actualizados y verificados.
Fiscalia considera que es necesario que los patrones que aún se encuentran emitiendo el comprobante en versión 3.3 con el complemento versión 1.2 realicen los ajustes necesarios en sus sistemas de nóminas. Esto, con suficiente anticipación de manera que estén en condiciones de realizar pruebas exhaustivas antes del 1 de julio de 2023.
– Con información de Fiscalia.
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