¿Hackearon al SAT? El sospechoso mensaje que llegó al Buzón Tributario
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January 26, 2023Con la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023 se implementaron múltiples cambios en las reglas aplicables a las personas morales del título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR). Es decir, a aquellas personas morales que no persiguen fines de lucro.
De acuerdo con un análisis publicado la consultora Fiscalia, entre los cambios principales en la RMF relacionados a las personas morales sin fines de lucro, se encuentran los siguientes:
Prórrogas para desvirtuar causales de revocación
3.10.2. Autorización a las organizaciones civiles y fideicomisos para recibir donativos deducibles
Se indica que cuando el Servicio de Administración Tributaria (SAT) detecte alguna de las causales de revocación de la Ley del ISR e inicie el procedimiento de revocación de la autorización para recibir donativos deducibles, podrá prorrogar hasta en dos ocasiones el plazo de 10 días hábiles otorgado para cumplir el requerimiento establecido en el apartado B, fracción I, del mismo precepto legal, por periodos iguales a los 10 días hábiles.
Facultad del SAT de validar en caso de registrar actividades adicionales
Se adiciona que, si las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles solicitan autorización de actividades adicionales a las previamente autorizadas, el SAT podrá validar que los estatutos y toda la documentación que obran en el expediente respectivo, cumplan con los requisitos establecidos en las disposiciones fiscales vigentes y, en su caso, iniciar el procedimiento de revocación indicado en el artículo 82-Quater, apartados A, fracción III y B de la Ley del ISR.
Casos en que la informativa de transparencia debe presentarse antes de mayo
3.10.10. Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio y el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación
Plazos de presentación de informativa. Se indica que la declaración informativa relativa a la transparencia del patrimonio y al uso y destino de los donativos recibidos deberá presentarse a más tardar el mes de mayo a menos que se actualice alguno de los supuestos establecidos.
En cualquiera de los supuestos establecidos, además de la información de transparencia relativa al ejercicio 2022, las organizaciones civiles y fideicomisos estarán obligadas a presentar la información correspondiente al periodo de 2023 en el que contaron con la referida autorización.
Casos en que el SAT actualizará el régimen fiscal de la entidad
3.10.29. Actualización del régimen y obligaciones fiscales de las organizaciones civiles y fideicomisos cuya autorización fue cancelada o revocada
Actualización de régimen en donatarias que dejen de serlo. Se añade la regla para indicar que el SAT procederá a realizar la actualización del régimen fiscal y obligaciones de las organizaciones civiles y fideicomisos que hayan sido canceladas o revocadas de acuerdo a las disposiciones fiscales vigentes, a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación del oficio de revocación o cancelación respectivo.
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