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December 20, 2022El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede cobrar impuestos si se detectan discrepancias por préstamos, debido a que podría al catalogar esos recursos como ingreso adicional, dijo Diego Cuevas a Reforma, socio de GLZ Abogados y especialista en consultoría y litigio fiscal.
El fisco mexicano puede cobrar a las personas físicas o morales Impuesto sobre Valor Agregado (IVA) o Impuesto Sobre la Renta (ISR) por préstamos que no se documenten de manera correcta, advirtieron especialistas.
De acuerdo con Cuevas, uno de los errores más comunes es tener transferencias sobre las cuales no se puede acreditar su origen cuando muchas son resultado de un préstamo.
“Idealmente para cada préstamo hay que tener un expediente, lo que el SAT llama carta soporte, que tenga fecha cierta ante notario para que sea evidente que se firmó en esa fecha (en que se dio el préstamo)”, dijo en entrevista con Reforma.
Asimismo, explicó que es necesario tener un contrato de préstamo por escrito con fecha, estado de cuenta del contribuyente y nombre de la persona que hizo el préstamo.
Cabe resaltar que los recursos recibidos en el año por préstamos de dinero en efectivo o transferencia, donaciones y premios deben reportarse en la declaración anual del ISR, ante el SAT, siempre y cuando en su conjunto o por separado superen los 600,000 pesos.
Roberto Colín, integrante de la comisión fiscal 2, del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) explicó a Expansión que existe la obligación de reportar en la declaración anual ingresos por préstamos, premios y donaciones, cuando superen los 600,000 pesos.
Sin embargo, dijo, la regla, dispuesta en la Ley del ISR, no determina si deben declararse si los préstamos son en efectivo o por transferencia.
Estos ingresos no son gravables, es decir, no pagan impuestos, por ello es importante contar con documentos que respalden este tipo de transferencias, de acuerdo a la Ley del ISR, artículos 90 y 93.