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Los medios de defensa fiscal se interponen cuando los contribuyentes consideran que una determinación o acto de una autoridad no está apegado a ley o afecta sus intereses.
¿Cuáles son los principales medios de defensa fiscal?
De acuerdo con información de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), los medios de defensa que existen en contra de los actos o resoluciones de las autoridades fiscales son los siguientes:
- Recurso de inconformidad. Se presenta ante el IMSS o el Infonavit.
- Recurso de revocación. Se presenta ante el SAT y las autoridades coordinadas, que son las Secretarías de Finanzas de los Estados.
- Demanda de nulidad. Se presenta ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
- Demanda de amparo. Se presenta ante los órganos del Poder Judicial de la Federación.
¿Qué plazos se tienen para presentar los medios de defensa?
Por regla general, la Prodecon indica que los plazos para presentar los medios de defensa, a partir de que las autoridades fiscales notifican un acto o resolución, son los siguientes:
- 15 días para presentar el recurso de inconformidad por actos del IMSS o el Infonavit.
- 30 días para presentar el recurso de revocación en contra de actos del SAT o de las autoridades coordinadas.
- 30 días para presentar la demanda de nulidad ante el TFJA, por actos de las autoridades fiscales, sin importar si la demanda se tramitará en la vía sumaria, ordinaria, tradicional, en línea o se instrumentará el juicio de resolución exclusiva de fondo.
- 15 días por regla general, para presentar demanda de amparo, excepcionalmente será de 30 días, cuando se reclame una norma general autoaplicativa.
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