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August 3, 2022El 15 de julio, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó el proyecto de una Norma Oficial Mexicana (NOM) relacionada con el teletrabajo.Se trata de un documento denominado “PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo”.
De acuerdo con un artículo publicado por Fiscalia, en el proyecto se indica que los patrones deberán establecer una política en torno al teletrabajo, también llamada home office.
Concepto de política de teletrabajo
En el proyecto de la NOM-037, se define que la política de teletrabajo es un “conjunto de reglas e instrucciones sobre cómo las personas teletrabajadoras deben desempeñar sus actividades remotas de forma segura y saludable, a fin de evitar actos inseguros y/o condiciones inseguras o peligrosas, y prevenir riesgos a la salud y accidentes en teletrabajo por exposición a agentes físicos, químicos, biológicos o mecánicos, o a factores de riesgo psicosocial y ergonómicos”.
Obligación del patrón de tener política de teletrabajo
El artículo indica que el proyecto de la NOM-037, en el numeral 5.2, señala que establecer una política de teletrabajo es obligación de los patrones. En ese sentido, la misma deberá ser establecida por escrito, mantenida y difundida en el centro de trabajo y entre las personas teletrabajadoras.
El mismo numeral señala que la política de teletrabajo deberá considerar lo siguiente:
- Promover la cultura de la prevención de riesgos de trabajo a través de la seguridad y salud en el trabajo en personas teletrabajadoras;
- Instaurar mecanismos de participación en el centro de trabajo a fin de evitar el aislamiento social del trabajador, incluyendo a través de reuniones presenciales o por medio de las TIC;
- Indicar los mecanismos y reglas de contacto y supervisión para el teletrabajo, incluyendo los sistemas operativos, medios de contacto o cualquier tecnología que serán utilizados para tales fines, siempre que se garantice el derecho a la intimidad de las personas; y que dichos mecanismos o reglas no interfieran en la relación trabajo-familia, y sean proporcionales a su objetivo;
- Establecer la duración del horario de labores o la distribución de los horarios de las jornadas de trabajo, siempre que no excedan los máximos legales, incluyendo el derecho a las pausas para descanso y a la desconexión al término de la jornada laboral;
- Señalar que los derechos contenidos en las condiciones generales de trabajo de las personas teletrabajadoras deben ser iguales a los que realicen trabajo presencial en el centro de trabajo;
- Promover la perspectiva de género y permita conciliar la vida personal, y la disponibilidad de las personas teletrabajadoras;
- Asegurar el trabajo digno y decente con igualdad de trato, en cuanto a remuneración, capacitación, formación, seguridad social e igualdad de oportunidades;
- Indicar la importancia de la promoción y vigilancia de la salud de la población teletrabajadora;
- Establecer las mecánicas para informar al patrón los cambios de domicilio y traslados temporales;
- Definir de manera precisa las responsabilidades y obligaciones para los patrones y los trabajadores que desempeñen sus actividades en la modalidad de teletrabajo, incluyendo las establecidas en el artículo 330-B de la Ley Federal del Trabajo, y
- Establecer los mecanismos para aplicar, en su caso, la reversibilidad del teletrabajo sin afectar los intereses de ambas partes.
Recomendaciones de la NOM para redactar políticas
La NOM 037 también señala que para redactar una política de teletrabajo en el centro de trabajo es recomendable tomar en consideración lo siguiente:
- Establecer las horas en que las personas teletrabajadoras deben estar disponibles a través de las Tecnologías de la Información y Comunicación.
- Especificar claramente a qué hora deben comenzar y terminar la jornada laboral las persona teletrabajadoras.
- En su caso, si el patrón acuerda con sus trabajadores que se adoptarán horarios flexibles (por ejemplo, horarios escalonados durante el día para cumplir con la jornada laboral,) describir los procedimientos para informar sobre las horas de trabajo y las tareas realizadas previamente programadas.
- Describir la manera de calificar la calidad del trabajo de las personas teletrabajadoras y los procesos de revisión que se instrumentarán para garantizar mismas condiciones y cargas de trabajo, sin importar el género de la persona teletrabajadora.
- Contemplar condiciones o eventualidades, para que los Teletrabjadores sepan qué hacer si tienen problemas con su WiFi, su ordenador o las herramientas de software., por ejemplo.
- Solicitar opinión a las personas teletrabajadoras sobre el contenido de la política de teletrabajo, ya que pueden perderse matices importantes de determinados puestos que deben cubrirse.
- Difundir en el centro de trabajo la política de teletrabajo, y revisarla al menos cada trimestre, o cuando ocurran sucesos importantes dentro o fuera del centro de trabajo, para asegurar que sigue siendo vigente.
- Proporcionar directrices de protección de datos y enlaces a todas las herramientas de seguridad de los dispositivos que puedan necesitar las personas teletrabajadoras.
- Elaborar un listado detallado de los gastos que asumirá el centro de trabajo para gastos imprevistos por las personas teletrabajadoras es (consumo de energía eléctrica y gastos para la Tecnología de la Información y Telecomunicaciones).
- Informar a las personas teletrabajadoras sobre cómo pueden utilizar, en su caso, los días de baja por enfermedad y las vacaciones mientras teletrabajan.
El artículo de Fiscalia señala que haciendo hincapié en el hecho de que estas recomendaciones son sólo eso, recomendaciones, la guía indica que la autoridad laboral no podrá marcar como incumplimiento a la NOM “cuando no se sigan o no se adopten medidas, condiciones o recomendaciones aquí presentadas”.
Guía de referencia
Además, la NOM-037 da el siguiente ejemplo como muestra de una política de teletrabajo:
En este centro de trabajo (Indicar La Razón Social) para el teletrabajo se asumen los compromisos siguientes:
- Es obligación de todos los trabajadores que realicen Teletrabajo, y de los que tengan relación directa con los objetivos y resultados de éstos, aplicar la presente Política y predicar con el ejemplo para su cumplimiento.
- Los derechos contenidos en las condiciones generales de trabajo de las personas teletrabajadoras son iguales a los que realicen trabajo presencial en el centro de trabajo;
- Los trabajadores con más del 40 por ciento del tiempo de su jornada laboral en casa o en el domicilio elegido por el trabajador, son candidatos para desempeñar el Teletrabajo. No será considerado teletrabajo aquel que se realice de forma ocasional o esporádica;
- Se proporciona a las personas teletrabajadoras, los insumos necesarios para desarrollar sus actividades en el lugar que determinen éstos con el patrón, y se lleva un registro y control de ellos, por ejemplo: el equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, mecanismos de seguridad informática y las formas de pago del consumo de energía eléctrica y de comunicaciones (internet), como herramienta de trabajo y no como prestación;
- Se realizan acciones de sensibilización, programas de información y capacitación;
- Se divulgan de forma eficaz las políticas de Teletrabajo y las condiciones de seguridad que previenen riesgos de trabajo;
- Se respeta el derecho a la desconexión de las personas teletrabajadoras al término de la jornada laboral;
- Se establecen las condiciones para el retorno de los trabajadores al trabajo presencial en el centro de trabajo y dejen de considerarse personas teletrabajadoras. En todo caso, cuando se dé un cambio a la modalidad de teletrabajo, el derecho de reversibilidad a la modalidad presencial está contemplada.
- Todos los trabajadores participan para establecer y poner en práctica esta política en el centro de trabajo.
– Con información de Fiscalia.