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April 14, 2022La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) y la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin), se pronunciaron en contra de que se reduzca el plazo de 90 a 5 días para corregir deficiencias e incumplimientos que identifique la autoridad laboral, de acuerdo con Reforma.
Los organismos advirtieron que la reducción del plazo y los cambios en el reglamento de inspección laboral podrían generar abusos y corrupción del personal que visite los centros de trabajo.
Por su parte, la Concamin sostuvo que 5 días son insuficientes para solucionar o subsanar alguna falta para su corrección.
Asimismo, la Coparmex dijo que, con lo anterior, se obliga al patrón, en casos de irregularidades que ameriten la aplicación de medidas precautorias, a que lleven a cabo las mismas de inmediato y acrediten su ejecución dentro de los 5 días siguientes a la inspección.
Ademas, argumentó que esto da al inspector una facultad discrecional indebida y puede propiciar abusos y favorecer actos de corrupción, también impone cargas y costos importantes a los centros de trabajo.
Los antecedentes
Como reportamos en El Contribuyente, el año pasado la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) propuso un proyecto que podría cambiar las inspecciones laborales.
El objetivo es reducir el tiempo que pasa entre que la inspección laboral detecta un problema y cuando se corrige. El proyecto quiere modificar el artículo 36 del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones.
La Ley Federal del Trabajo establece que la inspección laboral tiene como objetivo vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo, facilitar información técnica y asesorar a los trabajadores y a los patrones sobre la manera más efectiva de cumplir las normas, poner en conocimiento de la autoridad las deficiencias y las violaciones a las normas de trabajo que observe en las empresas y establecimientos.
¿En qué consisten los cambios?
La propuesta establece que las empresas deberán corregir las irregularidades detectadas en un plazo de cinco días. Además, los patrones deberán demostrar los documentos que prueben que sí hicieron los cambios necesarios.
El plazo se podrá prorrogar por cinco días. Para esto, el patrón deberá justificar por qué los cambios no se pueden hacer en menos tiempo.
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