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Sergio Flores Robles, socio de Copper Wolf y ex presidente del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara (CCPG), comentó al medio que a partir de este año las personas morales, fideicomisos y partes contratantes o integrantes de cualquier figura jurídica están obligadas a tener como parte de su contabilidad la información de sus controladores o tomadores de decisiones y proporcionarla al fisco cuando lo requiera.
“Una vez que lo pide tienes quince días para presentarlo y si justificas que no puedes dar esa información en ese lapso puedes tener una prórroga de 10 días. Pero si no la presentas o lo haces con inconsistencias, entonces serás acreedor a una multa” dijo en entrevista con el diario.
Además, dijo que el SAT puede solicitar el informe de forma aleatoria a las empresas o aquellas en las que identifique que se está haciendo uso de recursos de procedencia ilícita.
Asimismo, la información que deben contener estos documentos son: nombres y apellidos completos, alias, fecha de nacimiento, sexo, país de origen y nacionalidad, CURP o su equivalente, estado civil, con identificación del cónyuge y régimen patrimonial, datos de contacto como el correo electrónico y números telefónicos, entre otros.
Las multas del fisco
De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), el SAT está facultado para vigilar los gastos e ingresos de aquellos que está inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y sancionar a quienes no cumplan con sus obligaciones fiscales.
Estas son algunas multas que el SAT implementó este año:
- Para las personas mayores de 18 años de edad que tengan una actividad económica y no están registrados en el Registro Federal de Contribuyentes, la multa será desde 3 mil 870 a los 11 mil 600 pesos.
- Cuando una factura esté mal emitida sin los datos complementarios, la multa será de 400 a 600 pesos.
- Por no enviar la factura a los clientes o si se envía sin cumplir todos los requisitos, las multas irán desde los 17 mil pesos a los 93 mil 330.
- Quienes cancelen su Comprobante Fiscal Digital fuera de tiempo, serán acreedores de una multa del 5% al 10% del monto de cada factura.
- Si las personas físicas no presentan su declaración anual; la multa va desde los mil 400 pesos a los 38 mil 730 pesos.
- Por cada declaración, constancia, solicitud o aviso que se presente fuera del plazo señalado la cantidad va desde los mil 400 pesos a los 34 mil 730.
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