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March 11, 2022El 3 de marzo, la Secretaría de Hacienda publicó una Resolución que reforma y adiciona las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.
De acuerdo con una nota publicada por Fiscalia, con los cambios se adicionan los supuestos de inclusión y eliminación en la lista de personas bloqueadas, a aquellos contribuyentes a que se refieren los párrafos cuarto y sexto del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF). Esto es para prevenir la comisión de delitos relacionados con el uso de recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo.
Por eso, se modificaron las disposiciones mencionadas, para incluir como personas sujetas de bloqueo de cuentas a las siguientes:
- Aquellas que aparezcan en la lista de contribuyentes a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
- Cuando se encuentren en el supuesto del párrafo sexto del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
La nota indica que lo anterior se hizo derivado de la Recomendación 4 del Grupo de Acción Financiera (GAFI) y del contenido del Informe de Evaluación Mutua de México, emitido por dicho organismo en enero de 2018.
– Con información de Fiscalia.
https://www.fiscalia.com/publicaciones/17179
Puedes ver la resolución que publicó la SHCP aquí / Fecha de publicación: 3 de marzo de 2022.
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